En el ámbito de la contratación pública, y dentro del marco jurídico de excepcionalidad provocado por el COVID-19, resulta necesario determinar las consecuencias económicas que para un contratista, adjudicatario de un contrato administrativo, va a tener la suspensión “de facto” del contrato administrativo suscrito, daños y perjuicios que provocan la ruptura del equilibrio económico del contrato, y que no tiene encaje dentro del principio de riesgo y ventura, asumido legal y contractualmente por el contratista.
Desde VACIERO somos plenamente consciente de la situación de crisis en la que se encuentran las empresas y lo importante que es actuar con rigor, rapidez y consejo experto, implantando el conjunto de medidas que ayuden a las empresa a minimizar pérdidas y reducir riesgos.
Por este motivo les presentamos este "Protocolo de actuación para la reclamación de daños y perjuicios ante la suspensión de los contratos administrativos" con una serie de acciones que puede debe llevar a cabo un contratista para mitigar el impacto de la suspensión del contrato administrativo y poder obtener una compensación por los daños y perjuicios ocasionados.
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