La irrupción en nuestra sociedad de internet y de las nuevas tecnologías supuso en su momento para muchos empresarios un cambio de su modelo de negocio para adaptarse a las nuevas necesidades de los consumidores y usuarios, lo que comportó un giro significativo en la forma en que comercializan sus productos y servicios. Pero dicho esfuerzo se vio pronto recompensado, pues desde el principio quedó en evidencia que el mercado on line se convirtió en una innegable fuente de oportunidades para aquellos negocios que quisieron apostar por el crecimiento y la internacionalización, gracias a la facilidad del acceso a internet.
En los tiempos que corren y en los que vendrán, en los que lamentablemente pueden volver a repetirse situaciones como la vivida con el COVID-19, se vuelve a evidenciar que el comercio electrónico es clave para mantener el negocio dado que permite a las empresas disponer un canal de venta adicional que puede resultar fundamental para la continuidad del mismo en situaciones excepcionales como las recientemente ocurridas. Y, además, como ha quedado antedicho, va a permitir la potenciación del mismo al facilitar que se extienda la actividad más allá de su ámbito territorial actual.
Ahora bien, la contratación electrónica implica el cumplimiento de numerosas obligaciones legales, lo que hace fundamental contar con un asesoramiento especializado con carácter previo al lanzamiento del negocio al e-commerce o mercado on line, toda vez que es preciso atender a cuestiones jurídicas que será importante tomar en consideración para alcanzar el éxito del mismo y dotar al negocio y a los usuarios de la mayor seguridad jurídica en la celebración de compras y transacciones on line.
Para el lanzamiento de un nuevo producto o servicio online, así como para desarrollar un negocio en internet se deberá atender necesariamente a los requisitos que establece la legislación de referencia en la materia, principalmente la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico, el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Ley de Propiedad Intelectual, y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, ello sin olvidar la normativa general aplicable a cada negocio en función de la forma jurídica que haya adoptado y el ámbito nacional o internacional en que pretenda operar.
Además, los incumplimientos de las obligaciones legales en el ámbito del comercio electrónico y, concretamente, de las obligaciones previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos y Ley de Servicios de la Sociedad de la información, suponen el riesgo de imposición de importantes sanciones económicas y otras consecuencias que afectan a las relaciones con los proveedores del negocio on line. Por ello, es altamente recomendable que previamente al inicio de la actividad de comercio electrónico se cuente con asesoramiento jurídico especializado que ayude al cumplimiento de los requisitos legales necesarios para el desarrollo de un negocio digital con éxito, encargándose entre otras cuestiones de revisar, y en su caso redactar y adaptar el contenido la página web conforme a lo exigido por la normativa de comercio electrónico, y de redactar y/o revisar la política de privacidad, política de cookies, con la elaboración de los avisos correspondientes, de las condiciones generales de contratación, y de los contratos que fuere menester, y que permita un adecuado asesoramiento en materia de consumo aplicable a e-commerce.
El comercio electrónico es una asignatura que no debería estar pendiente a día de hoy para los empresarios; las graves consecuencias que ha conllevado no solo para la salud, sino también para la economía, la pandemia, debe servirnos para entender que deben utilizarse todas las herramientas a nuestro alcance para paliarlas, y si bien existen obligaciones legales, un buen asesoramiento especializado hará muy fácil su cumplimiento y puesta en marcha.
Artículo publicado en La Voz de Asturias el 24 de junio de 2020.
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Leticia del Estal Gallego
Socia Derecho Mercantil y Societario