En los mercados globales, el tamaño de los operadores es relevante. Las empresas, que operan en mercados abiertos, solo pueden competir y desarrollar con eficiencia sus funciones, con un tamaño adecuado a su sector y mercado de referencia. Invertir en otras compañías para ganar tamaño, es, por tanto, además de una oportunidad, una necesidad en la situación económica actual.
Dentro de las oportunidades a valorar al “salir de compras”, están las empresas que, derivadas de tensiones internas, de los cambios en su mercado o de las crisis como la actual, tienen dificultades para mantener su actividad, requieren ajustes operativos y necesitan nueva financiación. Unido a lo anterior, es habitual que necesiten contar con una nueva dirección que aporte la confianza necesaria para tratar de sortear el escenario de cierre. Son las empresas que tienden a la insolvencia y cuya solución pasa por la incorporación al capital de nuevos socios.
Desplegar actuaciones para adquirir empresas en crisis, requiere, además de un análisis previo para valorar la viabilidad de su negocio y la magnitud de los ajustes que se precisen para ello, desplegar una serie de actuaciones derivadas del momento de su ciclo de insolvencia en el que trataremos de cerrar la adquisición. Elegir el momento, y tratar de evitar una excesiva erosión de su fondo de comercio, constituye un elemento clave en el proceso de adquisición y afecta significativamente a su éxito.
Si adoptamos la perspectiva de la empresa en crisis, el agotamiento que supone para su dirección la gestión de la insolvencia, junto a los requisitos impuestos y expectativas de la propiedad, hacen que se posterguen las decisiones para cerrar un acuerdo con un socio externo. La percepción de los socios actuales del valor de su negocio dificultan el cierre de acuerdos, donde el precio y el valor subjetivo son elementos difíciles de conciliar.
A pesar de las dificultades inherentes al proceso, la entrada de socios externos que aporten gestión y financiación, en muchos casos es la única solución para el mantenimiento de la actividad, evitando los costes adicionales derivados de un proceso de cierre. Comprador y vendedor, actuaran en la búsqueda de una solución conjunta donde son habituales la realización de ajustes de estructura, ajustes laborales y abandono de actividades no estratégicas junto a implementar una financiación alineada con el mantenimiento del fondo de comercio.
En paralelo a los ajustes del negocio, y clave para el éxito de la adquisición, es
necesario gestionar acuerdos con acreedores que transformen el pasivo de la empresa en un pasivo sostenible y repagable por el negocio. Es este el aspecto más crítico, donde la solución es única para cada empresa y consustancial a su grado de deterioro. Tendremos que alcanzar acuerdos globales, que afecten a un elevado número de intervinientes, con un comportamiento asimétrico, marcado con su posición jurídico-económica en la insolvencia y sus garantías contextuales.
Asimismo, debemos ponderar la necesidad de obtener protección jurídica y hacer uso la opción concursal más adecuada para cada situación, que normalmente incorporara quitas y esperas, y un sacrificio patrimonial relevante para nuestros acreedores.
Finalmente, es frecuente la elaboración de un Term Sheet no vinculante condicionado a la consecución de los objetivos propuestos por parte del comprador, que suele intervenir en el diseño de las operaciones de ajuste o aporta el apoyo técnico para realizarlas, como medida facilitadora de su cumplimento.
En conclusión, comprador y vendedor deben consensuar los ajustes operativos, el apoyo financiero de mantenimiento y el tipo de acuerdo a ofrecer a sus acreedores, con carácter previo al lanzamiento del proceso de adquisición.
Alcanzar un acuerdo optimo con los acreedores es clave para el éxito de la operación, pero debemos hacerlo “a tiempo”.
Debemos ser muy conscientes que el tiempo aumenta el deterioro empresarial, y reduce las posibilidades de éxito. Adquiriremos una empresa en insolvencia y, por tanto, en erosión continua y vida limitada. Solo si somos ejecutivos y actuamos conociendo profundamente nuestra ley concursal, llegaremos a tiempo.
Tribuna de opinión publicada en El Independiente el 27 de noviembre de 2020.
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Ricardo San Marcos
Socio Director en Vaciero. Derecho Concursal y Reestructuraciones.