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Foto noticia Programa de Ayuda a la Transformación Digital Noticias 28 abr 2022 El IDEPA aprueba una programa de ayudas para apoyar la transformación digital de las empresas. FUENTE: IDEPA AUTOR: Vaciero

El IDEPA ha lanzado el programa concesión de subvenciones en el marco del Programa de Ayuda a la Transformación Digital para 2022.

Desde VACIERO te resumimos a continuación las principales características de estas ayudas, cuáles son los requisitos y plazos para obtenerla y quiénes pueden ser los beneficiarios.

¿Qué objetivo persiguen estas ayudas?

 Estas ayudas tienen como finalidad mpulsar la implantación de soluciones de mejora en los ámbitos del proceso, producto y modelo de negocio de las empresas, en el ámbito de la Industria 4.0.

¿Qué empresas podrán ser beneficiarias de estas ayudas?

Serán beneficiarios de estas ayudas las pymes y los empresarios individuales, en ambos casos con más de 3 trabajadores, de los sectores: Industrial, Servicios Industriales (incluida logística) y del sector de la Construcción correspondientes al epígrafe 50 del IAE, en lo concerniente a la ejecución de obras.

De forma excepcional, se incluirán como beneficiarios las no pymes que cuenten con un número de empleados entre 3 y 50.

La convocatoria excluye expresamente a las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones y fundaciones, entre otras.

¿Qué conceptos o gastos son financiables?

· Activos materiales (excluidos terrenos, edificaciones, sustituciones y/o reparaciones y mantenimientos).

· Activos inmateriales (deben ser considerados como activos amortizables).

· Servicios de consultoría.

· Gastos de personal técnico propio, en la medida que estén dedicados al proyecto (exclusivamente grupos de cotización 1,2 y 3).

Estarán limitados por la menor de las cuantías resultantes de considerar 100 horas de dedicación o el 25% de los costes de consultoría.

Los salarios que se tomen como base no podrán superar los topes máximos subvencionables por categorías profesionales previstos en la convocatoria.

La suma de los gastos de consultoría y personal no podrá superar el 40% de la suma de activos materiales e inmateriales subvencionables.

La cuantía en inversión/gasto subvencionable mínimo deberá de ser igual o superior a 10.000 €, y el plazo de inicio de las inversiones deberá de ser posterior a la presentación de la solicitud, debiendo de mantenerse los activos subvencionados durante 5 años para bienes inscribibles en un registro público y durante 3 años para el resto de los inventariables.

¿Cuál es el plazo de presentación de las ayudas?

El plazpo permanecerá abierto desde el jueves 28 de abril hasta las 14.00 horas del día 7 de septiembre de 2022, hora peninsular en España.

Información adicional

Se puede acceder a toda la información de la convocatoria a través del siguiente enlace, utilizando el siguiente identificador de la convocatoria en el portal de la BNDS: ID: 621637.

Más información:

Abel Fernández Ardura

Socio de Consultoría de Innovación Empresarial de Vaciero

afardura@vaciero.es

Isabel Marcos Velasco

Asociada de Consultoría de Innovación Empresarial de Vaciero

imarcos@vaciero.es

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