Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial
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29 jul 2026
El próximo 2 de agosto se cumple un hito crítico en el calendario de implantación activándose las obligaciones más exigentes para los sistemas que impactan en los ciudadanos.
FUENTE: VACIERO
AUTOR: Susana García, Directora del Área de Compliance
El Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act) regulador de la Inteligencia Artificial ya es una realidad que redefine las reglas del juego corporativo en la Unión Europea. Aunque existe la falsa percepción de que esta normativa solo afecta a desarrolladores tecnológicos, la realidad es que impacta directamente sobre cualquier empresa que utilice soluciones basadas en IA en su día a día.
El próximo 2 de agosto se cumple un hito crítico en el calendario de implantación activándose las obligaciones más exigentes para los sistemas que impactan en los ciudadanos.
El Reglamento establece por primera vez un marco jurídico común para regular el desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial dentro de la Unión Europea. Su objetivo es garantizar que la utilización de estas tecnologías se realice de forma segura, transparente y respetuosa con los derechos fundamentales de las personas.
1.Entidades obligadas
Aunque muchas organizaciones consideran que esta normativa únicamente afecta a empresas tecnológicas o desarrolladores de herramientas de IA, la realidad es que tambiénafecta a la gran mayoría de las empresas que utilizan soluciones basadas en inteligencia artificial en su actividad diaria tales como ChatGPT, Copilot, Gemini, Claude o similares, Chatbots de atención al cliente, sistemas de selección y cribado de currículums, plataformas de análisis de datos o generación automática de contenidos, por ejemplo.
2. Obligaciones para las empresas
-Alfabetización en IA.
Desde febrero de 2025, las empresas tienen la obligación legal de garantizar que cualquier empleado que use IA cuente con la formación adecuada para hacerlo de forma segura y de acuerdo a las normas establecidas por la empresa.
Por ello, resulta recomendable que las organizaciones cuenten con procedimientos internos o políticas que regulen el uso de la inteligencia artificial y definan qué herramientas pueden utilizarse y bajo qué condiciones.
-Especial atención y cuidado en la protección de datos personales e información confidencial.
El Reglamento IA no sustituye la aplicación de la normativa de protección de datos. Es fundamental ser conscientes que la introducción de datos personales o de información confidencial en entornos de IA no autorizados o auditados por la empresa supone una vulneración de la normativa de protección de datos o confidencialidad a la que estamos obligados susceptible de activar el correspondiente régimen sancionador por parte de las autoridades de control.
El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial no sustituye ni elimina las obligaciones existentes en materia de protección de datos personales ni la obligación de la confidencialidad de la información corporativa.
Las empresas deben conocer qué información se está introduciendo en estas herramientas, quién tiene acceso a ellas y cuáles son las condiciones ofrecidas por los proveedores tecnológicos así como actualizar su normativa interna y procedimientos en materia de protección de datos para garantizar la seguridad de los datos.
-Control adicional en caso de su utilización para Recursos Humanos.
La normativa presta una atención especial a aquellos sistemas de inteligencia artificial que pueden influir en decisiones que afecten significativamente a las personas.
Entre los ejemplos más habituales se encuentran las herramientas utilizadas para filtrar currículums, seleccionar candidatos, evaluar el rendimiento de las personas trabajadoras, decidir promociones internas o apoyar procesos de contratación.
La Unión Europea considera que este tipo de sistemas pueden generar riesgos de discriminación, falta de transparencia o decisiones injustificadas si no se utilizan adecuadamente.
Por este motivo, las organizaciones que empleen herramientas de inteligencia artificial en estos ámbitos deberán extremar las medidas de control y garantizar que las decisiones relevantes continúan siendo supervisadas por personas.
3. Régimen sancionador: un riesgo financiero inasumible
La Unión Europea ha diseñado un régimen sancionador histórico para asegurar que las empresas se tomen en serio esta regulación. Las multas no se dirigen solo a los creadores de la IA, sino a las empresas que las utilizan de forma incorrecta:
Conviene tener presente que a estas sanciones se podrán sumar las ya previstas en el Reglamento General de Protección de Datos Personales (de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación) si se vulnera la privacidad de los datos personales.
4. Recomendaciones para adaptarse a la normativa de IA
A la vista de las obligaciones ya vigentes y de las que continuarán entrando en vigor progresivamente durante los próximos meses, resulta aconsejable que las organizaciones comiencen a preparar su adaptación a esta normativa.
Entre las actuaciones más recomendables, se encuentran la identificación de las herramientas de inteligencia artificial utilizadas dentro de la empresa, la elaboración de una política interna de uso de IA, la formación del personal, la revisión de los posibles impactos en materia de protección de datos y la implantación de mecanismos de supervisión y control adecuados.
En conclusión, la aprobación de Códigos de Buenas Prácticas en materia de IA junto con el resto de medidas de supervisión y control, permitirá reducir riesgos legales, evitar posibles sanciones y garantizar que el uso de la inteligencia artificial se realiza de manera segura, ética y conforme a la normativa vigente.
En VACIERO somos expertos en la elaboración de Políticas de Inteligencia Artificial y Códigos de Buenas Prácticas acordes con la regulación vigente y con las recomendaciones publicadas por las autoridades europeas competentes en la materia.
Para más información contactar con:
Directora del Área de Compliance
sgarcia@vaciero.es