Ya son exigibles las nuevas obligaciones de información sobre las condiciones laborales
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21 oct 2026
Desde el pasado 5 de octubre de 2026 está en vigor el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores y transpone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1152.
FUENTE: VACIERO
AUTOR: VACIERO Comunicación
La norma establece la información que las empresas deben facilitar a sus trabajadores sobre las condiciones esenciales de su relación laboral, y sustituye al anterior Real Decreto 1659/1998.
A las empresas y personas trabajadoras sujetas al Estatuto de los Trabajadores, incluidas las relaciones laborales especiales y el personal empleado público, con las particularidades de su normativa.
Las obligaciones generales de información se aplican a relaciones laborales de duración superior a cuatro semanas.
Las empresas deberán informar por escrito sobre:
En determinados casos, la información podrá facilitarse mediante referencias precisas a la normativa o al convenio colectivo aplicable.
La empresa deberá conservar prueba de la entrega o recepción de la documentación.
El Real Decreto no establece un régimen sancionador específico ni modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Los incumplimientos podrán encuadrarse, según corresponda, en los artículos 6 y 7 de la LISOS.
Las empresas deben revisar y actualizar sus modelos de contratos y documentos informativos, incorporando las nuevas exigencias de información sobre retribución, jornada, sistemas algorítmicos, igualdad y demás condiciones laborales.
Asimismo, deberán garantizar la entrega de esta información en los plazos establecidos y conservar constancia documental de su comunicación a los trabajadores.